Cuando una pareja se divorcia, una de las dudas más comunes es qué pasa con la deducción por inversión en vivienda habitual. ¿Se pierde el beneficio fiscal al quedarse uno solo con la casa y la hipoteca?
La Agencia Tributaria (AEAT) lo ha aclarado recientemente en la Consulta Vinculante V1539-25, publicada en octubre de 2025: el divorcio no elimina el derecho a deducir por la vivienda habitual, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Si te quedas con toda la casa y la hipoteca, puedes seguir deduciendo

Imaginemos que compraste junto a tu pareja vuestra vivienda antes de 2013, y ambos os aplicabais la deducción en el IRPF. Tras el divorcio, decides quedarte con la vivienda y asumir toda la hipoteca.
Según la AEAT, puedes seguir deduciéndote el 100% del préstamo original, igual que antes del divorcio, sin perder el beneficio fiscal.

Eso sí, no se amplían los derechos a deducción: solo se mantiene lo que ya existía. Es decir, no se pueden incluir nuevos importes o préstamos posteriores.

Por qué es importante la fecha de compra

La clave está en la fecha de adquisición de la vivienda. La deducción por inversión en vivienda habitual desapareció el 1 de enero de 2013, pero quienes compraron antes y ya la aplicaban, siguen disfrutando de ella gracias al régimen transitorio.
Por tanto, si compraste tu casa antes de esa fecha y venías aplicando la deducción, puedes continuar haciéndolo incluso después del divorcio, siempre y cuando cumplas las condiciones del régimen.

Qué dice Hacienda exactamente

La Dirección General de Tributos (DGT) explica que, tras la extinción del condominio (cuando uno se queda con toda la casa y la deuda), el contribuyente podrá deducir por el 100% del préstamo si él y su expareja tenían derecho a la deducción antes del 2013.
Además, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ya había confirmado este criterio en una resolución anterior.

En resumen

  • Si compraste tu vivienda antes de 2013 y ya deducías por ella, puedes seguir haciéndolo después del divorcio.

  • Es necesario que el préstamo sea el mismo y que asumas tú toda la deuda.

  • No puedes aplicar la deducción sobre nuevos préstamos o importes añadidos tras el divorcio.

Fuente oficial

Consulta Vinculante V1539-25 de 26/08/2025 – Dirección General de Tributos, Agencia Tributaria.

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